Delitos en Internet: principales conductas delictivas y consecuencias legales

El desarrollo de internet y de las nuevas tecnologías ha transformado la forma en que las personas se comunican. Sin embargo, también ha facilitado la comisión de determinadas conductas delictivas que encuentran en el entorno digital un medio idóneo para ampliar su alcance, aumentar el daño a las víctimas y dificultar la identificación de los responsables.

Entre los delitos más frecuentes cometidos a través de internet destacan el grooming, el ciberbullying, la pornografía infantil y los delitos contra el honor, como las calumnias y las injurias.

El grooming consiste en las acciones realizadas por un adulto mediante internet, redes sociales o cualquier medio tecnológico con el objetivo de ganarse la confianza de un menor para obtener material de carácter sexual o concertar encuentros con fines sexuales.

Esta conducta está tipificada en el artículo 183 ter del Código Penal y puede ser castigada con penas de prisión o multa, dependiendo de la gravedad de los hechos.

Generalmente, el grooming sigue una serie de fases:

  • Contacto inicial con el menor.
  • Generación de confianza y obtención de información personal.
  • Intercambio de imágenes o vídeos.
  • Acoso o presión psicológica.
  • Amenazas o difusión del contenido obtenido.

Se trata de una conducta especialmente grave, ya que suele ir acompañada de otros delitos como amenazas, coacciones o extorsión sexual.

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El ciberbullying es una forma de acoso psicológico ejercida entre menores de edad mediante redes sociales, aplicaciones de mensajería o cualquier otro medio telemático.

A diferencia del acoso tradicional, el ciberbullying presenta dos características que agravan sus efectos:

Internet permite en muchos casos ocultar la identidad del acosador, dificultando la defensa de la víctima y la identificación del responsable.

Los mensajes, imágenes o publicaciones ofensivas pueden difundirse rápidamente y permanecer accesibles durante largos periodos de tiempo, multiplicando el impacto emocional sobre la víctima.

Aunque el Código Penal no regula específicamente el ciberbullying, muchas de estas conductas pueden encuadrarse en delitos contra la integridad moral previstos en el artículo 173.1 del Código Penal.

La pornografía infantil constituye una de las principales preocupaciones de las autoridades nacionales e internacionales debido a la facilidad con la que estos contenidos pueden distribuirse a través de internet.

La normativa europea define la pornografía infantil como cualquier material que represente visualmente a un menor participando en conductas sexuales explícitas, reales o simuladas.

En España, el artículo 189 del Código Penal castiga severamente conductas como:

  • La producción de material pornográfico infantil.
  • La captación o utilización de menores para dichos fines.
  • La distribución o difusión de estos contenidos.
  • La posesión de material con fines de distribución o comercialización.

Las penas pueden alcanzar varios años de prisión, dada la especial protección que el ordenamiento jurídico otorga a los menores de edad.

Las redes sociales han multiplicado la capacidad de difusión de comentarios, opiniones y acusaciones, lo que ha provocado un incremento de los delitos contra el honor cometidos en internet.

Según el artículo 205 del Código Penal, existe calumnia cuando se atribuye falsamente a una persona la comisión de un delito con conocimiento de su falsedad o actuando con temerario desprecio hacia la verdad.

Para que exista calumnia es necesario que:

  • Se impute un delito concreto.
  • La persona afectada sea identificable.
  • La acusación sea suficientemente precisa.

El artículo 208 del Código Penal define la injuria como cualquier expresión o acción que lesione la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.

Las publicaciones realizadas en redes sociales, foros o plataformas digitales pueden dar lugar a responsabilidades penales cuando sobrepasan los límites de la libertad de expresión.

En los delitos cometidos a través de internet resulta fundamental recopilar pruebas digitales desde el primer momento. Capturas de pantalla, conversaciones, publicaciones o registros informáticos pueden resultar determinantes para identificar al responsable y acreditar los hechos ante los tribunales.

En Nieto Martínez Abogados contamos con experiencia en la defensa de víctimas y acusados en procedimientos relacionados con delitos informáticos, ciberacoso, protección de menores y delitos contra el honor. Contacte con nuestro equipo para recibir asesoramiento jurídico personalizado.

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