Residencia para emprendedores

La Ley 14/2013, de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización, entró en vigor con el objetivo de fomentar el emprendimiento y crear un entorno favorable para la inversión y el talento en España. Esta normativa incluye diversas vías para que los extranjeros puedan residir y trabajar en el país, incluyendo autorizaciones específicas para inversores, emprendedores, profesionales altamente cualificados, investigadores y trabajadores que realicen movimientos intraempresariales dentro de su empresa o grupo de empresas.
Entre las opciones de residencia, destacamos la Autorización de Residencia como Emprendedor, la cual está destinada a aquellos extranjeros que deseen desarrollar una actividad emprendedora de carácter innovador o de interés económico en España.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar la residencia para emprendedores?
Esta autorización puede ser solicitada por ciudadanos no comunitarios que deseen llevar a cabo una actividad empresarial en España. Es fundamental cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser mayor de 18 años.
- No encontrarse en situación irregular en España.
- No tener antecedentes penales en España ni en otros países donde haya residido en los últimos cinco años.
- No figurar como rechazable en los territorios de países con los que España tenga acuerdos en ese sentido.
- Contar con un seguro médico válido en España.
- Disponer de medios económicos suficientes para su sustento y el de su familia durante el tiempo de residencia.
- Abonar las tasas correspondientes por la tramitación del visado o autorización.
¿Cuáles son los requisitos necesarios para solicitar este tipo de residencia?
Para realizar este tipo de solicitudes es necesario contar con la siguiente documentación:
- Pasaporte en vigor.
- Seguro médico.
- Certificado de antecedentes penales.
- Justificación de medios económicos.
- En caso de visado: Informe favorable emitido por la Oficina Económica y Comercial de la embajada de España en su lugar de residencia.
- En caso de autorización: Plan de negocio detallado que demuestre el carácter innovador de la actividad empresarial.
¿Dónde se realiza la solicitud?
La solicitud deberá hacerse en distinto lugar, dependiendo de si el solicitante se encuentra en España o en el extranjero:

- Desde el extranjero: se deberá de realizar a través del consulado español correspondiente, solicitando un visado de residencia para emprendedores.
- Desde España: Si el solicitante ya se encuentra en territorio español de manera legal, puede presentar la solicitud directamente ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE).
La solicitud puede ser gestionada personalmente por el emprendedor o mediante un representante debidamente acreditado.
¿Cuál es la duración y cómo se puede renovar la residencia para emprendedores?
La autorización inicial tiene una duración de tres años. Para su renovación, es necesario acreditar que el solicitante continúa desarrollando su actividad emprendedora en España y que ha mantenido una residencia legal y continuada, sin ausencias del país superiores a seis meses por año.
Además, los familiares del emprendedor (cónyuge, pareja de hecho, hijos menores o dependientes y ascendientes a cargo) pueden solicitar autorizaciones de residencia de manera simultánea o posterior a la concesión del permiso del trabajador.
Esta modalidad de residencia ofrece una oportunidad significativa para aquellos que buscan emprender en España y contribuir al crecimiento económico del país bajo el marco legal establecido por la Ley 14/2013.
En Nieto Martínez Abogados somos especialistas en Derecho de Extranjería y en solicitudes de residencia para emprendedores. Ponte en manos de profesionales que pueden ayudarte a que tu solicitud se realice de la forma más eficiente.
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