Delitos contra las derechos familiares

Los delitos contra los derechos familiares son aquellos que afectan a los miembros más vulnerables de la familia, como los niños, las personas con discapacidades o los adultos mayores con necesidades especiales.
Quebrantamiento del deber de custodia
El Código Penal establece sanciones para aquellas personas que, teniendo la responsabilidad de cuidar a un menor de edad o a una persona con discapacidad, no presenten a estas personas ante sus padres sin una justificación válida cuando se les haya solicitado hacerlo. Además, también se castiga con pena de prisión a aquellas personas que alienten a un menor o a una persona con discapacidad a abandonar el hogar familiar o que inciten a un hijo menor a desobedecer un régimen de custodia establecido por una autoridad judicial. Estos delitos están contemplados en los artículos 223 y 224 del Código Penal y conllevan una pena de prisión de entre 6 meses y 2 años.
Sustracción de menores
La sustracción de menores es un delito que ocurre cuando uno de los progenitores, parientes o personas afines, toma a un menor de edad sin una razón justificada. Según el artículo 225 bis del Código Penal, quienes cometan este delito pueden enfrentar una pena de prisión entre 2 y 4 años, además de una inhabilitación especial para la patria potestad de entre 4 y 10 años. La pena se impondrá en su mitad superior cuando:
El menor fuera trasladado fuera de España
Se exija alguna condición para la restitución del menor
¿Que entendemos por sustracción?
A los efectos de este delito, se considera sustracción:
- El traslado de un menor de su hogar sin el consentimiento del progenitor con el que conviva habitualmente. Imagine a un niño arrancado de su entorno familiar, sin saber por qué o para dónde va.
- La retención de un menor habiendo incumplido gravemente lo establecido en resolución judicial. Imagina a un niño retenido contra su voluntad, sin saber cuándo podrá volver a ver a su familia.
Delito de abandono de familia

¿Alguna vez has oído hablar de aquellos que dejan de cumplir con sus deberes legales de asistencia familiar? Estos individuos pueden ser castigados por el Código Penal, específicamente en el artículo 226. Estos delitos incluyen la falta de cumplimiento de los deberes legales de asistencia esenciales de la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar, y la falta de asistencia necesaria legalmente establecida para el sustento de los descendientes, ascendientes o cónyuge que se hallen necesitados.
Imagina a alguien que se niega a proporcionar lo necesario para el sustento de su familia, o a alguien que deja de cumplir con sus deberes legales de cuidado y protección de sus hijos. Estos actos son inaceptables y merecen ser castigados, con una pena de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses.
Delito de impago de pensiones
¿Alguna vez has escuchado hablar de aquellos padres que dejan de pagar sus obligaciones económicas a favor de sus hijos o cónyuge después de una separación o divorcio? El Código Penal castiga a estas personas en el artículo 227. El incumplimiento de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos cualquier tipo de prestación económica establecida en resolución judicial, puede conllevar una pena de prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 24 meses.
La ley tiene como objetivo proteger a los miembros económicamente más débiles de la familia, especialmente a los hijos, frente al incumplimiento de los deberes derivados de la paternidad o maternidad. Es triste pensar que algunos padres aprovechan la ruptura matrimonial para despreocuparse de si sus hijos tienen o no para comer. Es importante que se tomen medidas para prevenir y castigar estos delitos para proteger a las familias y a los menores de edad.
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