Delitos contra la Seguridad Vial
Exceder los límites de velocidad, manejar bajo la influencia de drogas o alcohol y comportarse de manera temeraria mientras se conduce son acciones ilegales consideradas delitos contra la seguridad vial.
Los delitos contra la seguridad vial son conductas ilícitas que ponen en peligro la seguridad pública al no respetar las normas de seguridad y hacer un uso irresponsable de la conducción. Estos delitos están regulados en el Código Penal español, en el Título XVII, capítulo IV, del artículo 379 al 385 ter, protegiendo el bien jurídico colectivo de titularidad y uso público.
Delito de exceso de velocidad
Según el artículo 379.1, se castiga a quienes manejan un vehículo de motor o ciclomotor superando la velocidad permitida en 60 km/h en áreas urbanas y 80 km/h en áreas interurbanas. Las posibles penas son prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Además, se puede prohibir al infractor conducir vehículos a motor y ciclomotores por un período de 1 a 4 años.
Conducir bajo los efectos de las drogas
A tenor del artículo 379.2, conducir bajo los efectos de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o alcohol es considerado un delito. Si la tasa de alcohol en aire espirado es superior a 0.60 miligramos por litro o la tasa de alcohol en sangre es superior a 1.2 gramos por litro, se castigará con prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Además, se retirará el permiso de conducir por un período de 1 a 4 años.
Conducir con temeridad manifiesta
Según el artículo 380, Si alguien conduce un vehículo de motor o ciclomotor de manera temeraria y pone en peligro la vida o la integridad de las personas. La temeridad manifiesta incluye las acciones mencionadas en el artículo 379.2, como conducir excediendo la velocidad permitida bajo los efectos del alcohol o drogas. Las penas incluyen prisión de 6 meses a 2 años y la privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores por un período de 1 a 6 años.
Conducir con manifiesto desprecio por la vida de los demás
Tal como se articula en el artículo 381, si alguien conduce con un manifiesto desprecio por la vida de los demás, se castigará con una pena de prisión de 2 a 5 años, multa de 12 a 24 meses y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un período de 6 a 10 años. Si no se pone en peligro la vida o integridad de las personas, las penas serán de 1 a 2 años, multa de 6 a 12 meses y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un período de 6 a 10 años.
Delito de seguridad vial con resultado lesivo
Según el artículo 382, si los delitos de seguridad vial mencionados en los artículos 379 a 381 han causado un resultado lesivo, se aplicará la pena en su mitad superior y se condenará al responsable a resarcir la responsabilidad civil. Si el resultado lesivo es concomitante con el delito de conducir con manifiesto desprecio por la vida de los demás (artículo 381), se impondrá la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de dicho artículo en su mitad superior.
Delito de abandono del lugar del accidente
Si un conductor de un vehículo de motor o ciclomotor deja intencionalmente el lugar de un accidente en el que ha causado la muerte de una o varias personas o lesiones graves, se castigará como autor de un delito de abandono del lugar del accidente, siempre y cuando el hecho no sea contemplado en el artículo 195. Cuando el accidente fue causado por una acción imprudente del conductor, se le impondrá una pena de prisión de 6 meses a 4 años y la privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores de 1 a 4 años. Si el accidente fue fortuito, se castigará con una pena de prisión de 3 a 6 meses y la privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores de 6 meses a 2 años.
Negativa a someterse al test de alcoholemia
Negarse a realizar las pruebas legales de alcoholemia y drogas establecidas por un agente de la autoridad es considerado un delito. Las penas incluyen prisión de seis meses a un año y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un período de entre uno y cuatro años.
Conducir sin tener el permiso de conducir vigente
Negarse a realizar las pruebas legales de alcoholemia y drogas establecidas por un agente de la autoridad es un delito. Las penas incluyen prisión de seis meses a un año y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un período de entre uno y cuatro años.
Poner en peligro la circulación con obstáculos y sustancias
La colocación de obstáculos imprevisibles en la vía, derrame de sustancias resbaladizas o inflamables, cambio, sustracción o anulación de la señalización, así como la falta de restablecimiento de la seguridad de la vía, son consideradas delitos. Las penas incluyen prisión de seis meses a dos años o multa de doce a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de diez a 40 días.
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