Autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena

¿Quieres venir a trabajar a España y no sabes los cauces a seguir para solicitar el permiso de residencia? ¿No sabes que documentación presentar en tu solicitud de residencia y trabajo por cuenta ajena? Pues en este artículo daremos respuesta a esas preguntas:
¿Qué es la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena?
Se trata de una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena que lo solicita un empresario o empleador para contratar a un trabajador que no se en encuentra ni reside en España.
¿Cuál es la legislación que se aplica a esta autorización de residencia?
- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social.
- Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
¿Cuáles son los requisitos necesarios para la solicitud de la autorización?
Los requisitos que tendrás que cumplir a la hora de solicitar una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena son los siguiente:
- No ser ciudadano de la UE, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, ni familiar de ciudadanos de estos países.
- No encontrarse irregularmente en territorio español.
- No tener antecedentes penales.
- No tener la entrada prohibida en España, ni figurar como rechazable en países con los que España tenga un tratado en tal sentido.
- Abonar las tasas correspondientes.
- Que la situación nacional del empleo permita la contratación. En todo caso, se permite si:
- La ocupación que se va a desempeñar está en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura.
- En aquellas ocupaciones que no sean de difícil cobertura, el empleador acredite ante la Oficina de Extranjería la dificultad para cubrir el puesto de trabajo vacante.
- La autorización va dirigida a nacionales de Estados con los que España haya suscrito convenios internacionales (Chile y Perú).
- Pueden acreditar la concurrencia de un supuesto recogido en la Ley Orgánica 4/2000, en su artículo 40.

- Presentar un contrato firmado tanto por el empleador como por el trabajador y que garantice una actividad continuada a este último durante el periodo de vigencia de la autorización de residencia.
- Las condiciones fijadas en el contrato de trabajado se deberán ajustar a la normativa vigente.
- El empleador deberá estar inscrito en el sistema de la Seguridad Social, además de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la seguridad social.
- El empleador debe contar con medios económicos suficientes para su proyecto empresarial y para hacer frente a las obligaciones asumidas en el contrato frente al trabajador.
- Poseer la capacitación o cualificación profesional exigida para el ejercicio de la profesión.
¿Cuál es la documentación a aportar para solicitar la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena?
Al momento de solicitar esta autorización de residencia, debes aportar la siguiente documentación:
- Impreso de solicitud en modelo oficial (EX03), firmado por la empresa contratante.
- En cuanto a la documentación del trabajador:
- Copia completa del pasaporte .
- Copia de la documentación que acredite poseer la capacitación o la cualificación profesional legalmente exigida.
- En cuanto a la documentación a aportar por la empresa:
- Documentación que identifique a la empresa que solicita la autorización:
- Si es un empresario individual: copia del NIF o NIE.
- Si se trata de una persona jurídica:
- Copia del NIF de la empresa.
- Copia del documento público que acredite que quien firma la solicitud de autorización de residencia ostenta la representación legal de la empresa.
- Copia del NIE o NIF del firmante de la solicitud.
- Documentación que identifique a la empresa que solicita la autorización:
- En cuanto a la documentación a presentar si la actividad es un servicio doméstico:
- Copia del NIF o NIE del empleador.
- Copia de la declaración del IRPF o certificación de los ingresos emitida por la Administración Tributaria u otra documentación que acredite. solvencia económica suficiente para la contratación.
- Documentación referida a la relación laboral
- Contrato de trabajo firmado.
- Documentación que acredite que por su situación particular no se debe de tener en cuenta la situación nacional de empleo.
¿Cuál es el procedimiento a seguir para solicitar la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena?
Para iniciar la solicitud, tendrá que realizar la solicitud el empleador o empresario de manera personal, o bien, a través de una persona que tenga atribuida la representación legal de la empresa.
La solicitud deberá presentarse ante la Oficina de Extranjería en la que se vaya a prestar los servicios, o bien ante la plataforma digital de Mercurio.
Recuerda que una vez se haya registrado tu solicitud, la Administración tiene 3 meses para emitir una resolución. Si se te concede la autorización, el trabajador dispone de 1 meses desde la notificación al empleador, para solicitar visado. El extranjero debe adjuntar a su solicitud de visado:
- Pasaporte o titulo de viaje con una vigencia mínima de 4 meses.
- Certificado de antecedentes penales del país o países donde haya residido en los 5 últimos años.
- Certificado médico.
- Copia del contrato presentado y sellado por la Oficina de Extranjería.
- Justificante de haber abonado la tasa del visado.
En el plazo de un mes se resolverá sobre su solicitud de visado. Una vez concedido, el extranjero tendrá que recogerlo en el plazo de 1 mes, teniendo que entrar en España en los 3 meses de vigencia del visado. Tras ello, deberá afiliarse y darse de alta en la Seguridad Social, dentro del plazo de 3 meses desde la entrada. Asimismo, deberá solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjeros en la Oficina de Extranjería o en la Comisaría de Policía
En Nieto Martínez Abogados somos especialistas en Derecho de Extranjería y en solicitudes de autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena
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