Contestación a requerimientos en expedientes de nacionalidad española

Durante la tramitación de un expediente de nacionalidad española por residencia, es habitual que el Ministerio de Justicia realice uno o varios requerimientos al solicitante. Estos requerimientos tienen como objetivo subsanar errores, completar documentación o aclarar determinados aspectos de la solicitud.
Responder adecuadamente a estos requerimientos es clave para que el procedimiento no se paralice ni se archive, y por ello es fundamental conocer bien los plazos, los medios habilitados y las consecuencias de no contestar correctamente.
¿Qué es un requerimiento?
Un requerimiento es una petición formal de la Administración al interesado para que subsane, aporte o aclare alguna cuestión relativa a su expediente. Puede tratarse de:
- Documentación incompleta (certificado de antecedentes penales, partidas de nacimiento, etc.)
- Errores en la documentación aportada
- Aclaraciones sobre datos personales
- Actualización de documentos caducados
- Traducciones juradas no presentadas
¿Cómo se recibe un requerimiento?
Actualmente, la mayoría de solicitudes de nacionalidad se presentan de forma telemática a través de la plataforma del Ministerio de Justicia. En ese caso, los requerimientos también se comunican por esta vía, accediendo con certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico al apartado de «Mis expedientes».
Es importante consultar periódicamente el estado del expediente, ya que el plazo para responder empieza a contar desde que el requerimiento está disponible en la plataforma, no desde que se recibe una notificación por correo electrónico (que muchas veces no llega o no se ve).

¿Cuál es el plazo para responder?
El plazo habitual para contestar un requerimiento es de 3 meses desde la fecha en que se puso a disposición del interesado. No responder en ese plazo puede conllevar:
- El archivo del expediente
- La denegación de la solicitud de nacionalidad
Por tanto, es fundamental actuar dentro del plazo y hacerlo correctamente.
¿Cómo se responde a un requerimiento?
La respuesta debe realizarse a través de la plataforma telemática habilitada, adjuntando los documentos requeridos en los formatos solicitados (PDF, legibles y, si es necesario, con traducción jurada).
Además, es recomendable que la respuesta esté bien estructurada y fundamentada, sobre todo cuando el requerimiento plantea dudas sobre la residencia legal, continuidad en España, medios económicos o integración.
En algunos casos, la respuesta puede acompañarse de un escrito firmado por abogado, lo que refuerza la calidad de la contestación y puede evitar futuros problemas.
¿Qué pasa si no puedo obtener el documento en plazo?
Si por causas justificadas (por ejemplo, retrasos en consulados o registros civiles extranjeros) no es posible obtener el documento requerido en el plazo de 3 meses, es conveniente:
- Presentar dentro del plazo una justificación escrita, adjuntando las pruebas de que se ha solicitado el documento
- Solicitar una prórroga razonada
La Administración tiene potestad para conceder dicha prórroga, pero es esencial no dejar el expediente inactivo.
¿Cómo podemos ayudarte?
En Nieto Martínez Abogados somos conscientes de la importancia de una buena respuesta a los requerimientos en procesos de nacionalidad. Una contestación inadecuada puede suponer la pérdida de años de espera y esfuerzo.
Te ayudamos a:
- Revisar el requerimiento
- Preparar la documentación necesaria
- Redactar una contestación clara, jurídica y eficaz
- Presentar la respuesta en plazo y forma
Los requerimientos en expedientes de nacionalidad española no son una simple formalidad: de ellos depende la continuidad y éxito del procedimiento. Si has recibido un requerimiento o no sabes cómo actuar, ponte en contacto con nuestro despacho. En Nieto Martínez Abogados, te asesoramos desde el primer paso para que tu nacionalidad llegue a buen puerto.
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